Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 1 de Julio de 2012 (Tesis num. P./J. 15/2012 (9a.) de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 01-07-2012 (Controversia Constitucional))

Número de registro160028
Número de resoluciónP./J. 15/2012 (9a.)
Fecha de publicación01 Julio 2012
Fecha01 Julio 2012
Localizador10a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; Libro X, Julio de 2012, Tomo 1; Pág. 346
EmisorPleno
Tipo de JurisprudenciaControversia Constitucional
MateriaConstitucional

El artículo 73, fracción XXIX-G, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos faculta al Congreso de la Unión para expedir leyes que establezcan la concurrencia de los Gobiernos Federal, Estatal y Municipal, en el ámbito de sus respectivas competencias, en materia de protección al ambiente y de preservación y restauración del equilibrio ecológico, régimen de concurrencia que será materia de la ley general que expida el órgano legislativo federal, en la que, entre otras cuestiones, habrán de distribuirse las competencias que a cada uno correspondan. De este modo, la Federación tiene un poder de dirección en la materia que se manifiesta, de forma primaria, en la capacidad de expedir leyes que distribuyan competencias entre los tres niveles de gobierno y definan, en todo caso, el tipo de relaciones de coordinación o colaboración que habrán de entablarse.

Controversia constitucional 72/2008. Poder Ejecutivo Federal. 12 de mayo de 2011. Mayoría de diez votos; votó en contra: S.S.A.A.. Ponente: S.A.V.H.. Secretaria: M.V.A.S..


El Tribunal Pleno, el siete de junio en curso, aprobó, con el número 15/2012 (9a.), la tesis jurisprudencial que antecede. México, Distrito Federal, a siete de junio de dos mil doce.

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