Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 30 de Septiembre de 2013 (Tesis num. 2a./J. 130/2013 (10a.) de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 01-09-2013 (Contradicción de Tesis))

Número de registro2004553
Número de resolución2a./J. 130/2013 (10a.)
Fecha30 Septiembre 2013
Fecha de publicación30 Septiembre 2013
Localizador [J] ; 10a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Libro XXIV, Septiembre de 2013; Tomo 2; Pág. 1446. 2a./J. 130/2013 (10a.).
EmisorSegunda Sala
Tipo de JurisprudenciaContradicción de Tesis
MateriaComún,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional

El citado artículo dispone que la solicitud de suspensión de la ejecución del acto administrativo impugnado debe presentarse por el actor o su representante legal en cualquier etapa del juicio, y que ésta se concederá si no se afecta el interés social ni se contravienen disposiciones de orden público, además de que sean de difícil reparación los daños y perjuicios que se causen al solicitante con esa ejecución. Asimismo, contempla su concesión en caso de determinación, liquidación, ejecución o cobro de contribuciones, aprovechamientos y otros créditos fiscales, si se ha constituido o se constituye la garantía del interés fiscal ante la autoridad ejecutora por cualquiera de los medios permitidos; si se trata de posibles afectaciones no estimables en dinero, la medida cautelar se concede fijándose discrecionalmente la garantía, y si pudiera causar daños o perjuicios a terceros, si se otorga garantía para reparar el daño o indemnizar el perjuicio que se cause. De ahí que el citado precepto legal no establece mayores requisitos que la Ley de Amparo vigente hasta el 2 de abril de 2013, para conceder la suspensión de la ejecución del acto administrativo impugnado y, por consiguiente, atento al principio de definitividad, el juicio de amparo indirecto promovido contra actos de autoridades administrativas es improcedente si previamente no se agota el juicio contencioso administrativo ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.

Contradicción de tesis 164/2013. Entre las sustentadas por el Cuarto Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Primera Región, con residencia en el Distrito Federal, el Décimo Quinto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Sexto Circuito y el Tribunal Colegiado del Vigésimo Octavo Circuito. 15 de mayo de 2013. Cinco votos. Ponente: M.B.L.R.. Secretaria: C.M.P..


Tesis de jurisprudencia 130/2013 (10a.). Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del veintiséis de junio de dos mil trece.

54 sentencias
3 artículos doctrinales
  • Índice alfabético de Tesis del Poder Judicial Federal
    • México
    • Revista del Tribunal Federal de Justicia Administrativa Núm. III-28, Noviembre 2013
    • 1 Noviembre 2013
    ...mayores requisitos que la abrogada Ley de Amparo para conceder la suspensión de la ejecución del acto administrativo impugnado. (2a./J. 130/2013 (10a.)) ........................................................................ DETERMINACIÓN de omisiones de pago en materia de aportaciones pat......
  • Segunda Sala
    • México
    • Revista del Tribunal Federal de Justicia Administrativa Núm. III-28, Noviembre 2013
    • 1 Noviembre 2013
    ...si previamente no se agota el juicio contencioso administrativo ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa. (2a./J. 130/2013 S.J.F. X Época. Libro XXIV. T. 2. 2a. Sala, septiembre 2013, p. 1446 RECONOCIMIENTO ADUANERO DE MERCANCÍAS. LA VALIDEZ DEL ACTA CIRCUNSTANCIADA LEVA......
  • Índice alfabético de Jurisprudencia del Poder Judicial Federal
    • México
    • Revista del Tribunal Federal de Justicia Administrativa Núm. III-28, Noviembre 2013
    • 1 Noviembre 2013
    ...mayores requisitos que la abrogada Ley de Amparo para conceder la suspensión de la ejecución del acto administrativo impugnado. (2a./J. 130/2013 (10a.)) ........................................................................ DETERMINACIÓN de omisiones de pago en materia de aportaciones pat......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR