Ejecutorias de Pleno, 1 de Marzo de 2004 (caso Sentencia ejecutoria de Pleno, Controversia constitucional 57/2002)

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CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL. ES VÁLIDO EL ACUERDO DE CANCELACIÓN Y ARCHIVO DEL EXPEDIENTE DE EXPROPIACIÓN 9128/GOB.EDO., ABIERTO A SOLICITUD DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE OAXACA, AL NO HABER REALIZADO ESTE ÚLTIMO EL PAGO DE LOS HONORARIOS Y GASTOS GENERADOS POR LA EMISIÓN DEL DICTAMEN VALUATORIO CORRESPONDIENTE.

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Ejecutorias de Pleno, 1 de Marzo de 2004 (caso Sentencia ejecutoria de Pleno, Controversia constitucional 57/2002)

CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL. ES VÁLIDO EL ACUERDO DE CANCELACIÓN Y ARCHIVO DEL EXPEDIENTE DE EXPROPIACIÓN 9128/GOB.EDO., ABIERTO A SOLICITUD DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE OAXACA, AL NO HABER REALIZADO ESTE ÚLTIMO EL PAGO DE LOS HONORARIOS Y GASTOS GENERADOS POR LA EMISIÓN DEL DICTAMEN VALUATORIO CORRESPONDIENTE.

CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 57/2002. PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE OAXACA.

MINISTRO PONENTE: JUAN N. SILVA MEZA.

SECRETARIO: PEDRO ALBERTO NAVA MALAGÓN.

México, Distrito Federal. Acuerdo del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, correspondiente al trece de enero de dos mil cuatro.

VISTOS; Y,

RESULTANDO:

PRIMERO. Por oficio depositado el dieciséis de octubre de dos mil dos en la Administración de Correos del Servicio Postal Mexicano de la ciudad de Oaxaca, Estado de Oaxaca, José Murat, quien se ostentó como gobernador constitucional de dicha entidad, en representación del Poder Ejecutivo del Estado, promovió controversia constitucional en la que demandó la invalidez del acto que más adelante se menciona emitido por las autoridades que a continuación se señalan:

Demandados: Directora general de Ordenamiento y Regularización y director de Expropiaciones, de la Secretaría de la Reforma Agraria, con residencia en la capital de la República. Acto cuya invalidez se demanda: Acuerdo de cancelación y archivo del expediente número 9128/GOB.EDO., de expropiación formado con motivo de la solicitud que hizo el titular del Ejecutivo de Oaxaca con fecha 26 de agosto de 1991 para la expropiación de una superficie de 4-09-81.41 has., fechado el 21 de agosto del presente año y notificado el 3 del presente mes de septiembre."

SEGUNDO. En la demanda se señalaron como antecedentes del caso los siguientes:

Con fecha 3 del presente mes de septiembre en la Secretaría Particular del Ejecutivo se recibió el oficio número 168792, fechado el 27 de agosto pasado que me dirige el director de Expropiaciones de la Secretaría de la Reforma Agraria, y por el cual me adjunta copia del acuerdo de fecha 21 de agosto del año en curso, aprobado por él y por el titular de la Dirección General de Ordenamiento y Regularización de dichas dependencias, por medio del cual se canceló y se ordenó archivar como asunto concluido el expediente número 9128/GOB.EDO., relativo a una expropiación de una superficie de 4-0-81-41 has. de terrenos comunales pertenecientes al poblado de Santa Ma...

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