Resumen
CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL. DEBE SOBRESEERSE EN ELLA, AL ACTUALIZARSE LA CAUSAL DE IMPROCEDENCIA PREVISTA EN LA FRACCIÓN V DEL ARTÍCULO 19 DE A LEY REGLAMENTARIA DE LA MATERIA, CUANDO LA NORMA GENERAL IMPUGNADA HA DEJADO DE PRODUCIR SUS EFECTOS.
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Extracto
Ejecutorias de 2ª Sala, 1 de Julio de 2004 (caso Sentencia ejecutoria de Segunda Sala, Controversia constitucional 51/2003)
CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL. DEBE SOBRESEERSE EN ELLA, AL ACTUALIZARSE LA CAUSAL DE IMPROCEDENCIA PREVISTA EN LA FRACCIÓN V DEL ARTÍCULO 19 DE A LEY REGLAMENTARIA DE LA MATERIA, CUANDO LA NORMA GENERAL IMPUGNADA HA DEJADO DE PRODUCIR SUS EFECTOS.
CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 51/2003. PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE NAYARIT.MINISTRO PONENTE: GUILLERMO I. ORTIZ MAYAGOITIA.SECRETARIO: PEDRO ALBERTO NAVA MALAGÓN.México, Distrito Federal. Acuerdo de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación correspondiente al cinco de marzo de dos mil cuatro.VISTOS; Y,RESULTANDO:PRIMERO. Por oficio depositado el siete de agosto de dos mil tres en la Administración de Correos de Tepic, Estado de Nayarit, Antonio Echevarría Domínguez, quien se ostentó como Gobernador Constitucional del Estado de Nayarit, promovió controversia constitucional en la que demandó la invalidez de la norma y que más adelante se precisa, emitida por la autoridad que a continuación se señala:II. La entidad, poder u órgano demandado y su domicilio. Se señala el H. XXXVI Ayuntamiento Constitucional de Santiago Ixcuintla, Nayarit, a través de los C.C. Presidente municipal y síndico municipal ... IV. Norma general o acto cuya invalidez se demanda, así como, en su caso, el medio oficial en que se hubieren publicado. El acto cuya invalidez demando lo hago consistir en el Reglamento de Tránsito y Vialidad del Municipio de Santiago Ixcuintla, Nayarit, en lo concerniente a los artículos 2o., 5o., 6o., 8o., 11, 19, 27, 29, 30, 31, 32, 33, 36, 37, 41, 103 al 112, 123, 134 al 146, 215 al 226, 227 al 232, 239, 240, 241, apartado 3, inciso e); apartado 4, incisos c), d) y e); apartado 5, inciso a); apartado 6, incisos a), b) y c) y apartado 7; 242 y transitorios primero y segundo, que sustancialmente dicen: ..."SEGUNDO. En la demanda se señalaron como antecedentes los siguientes:Bajo protesta de decir verdad expreso a ese H. Cuerpo colegi...Ver el contenido completo de este documento
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