Ejecutoria num. 22093 de Primera Sala de Suprema Corte de Justicia

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Resumen


DELITOS CONTRA LA SALUD. EL ARTÍCULO TERCERO TRANSITORIO DEL DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY GENERAL DE SALUD, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 20 DE AGOSTO DE 2009, VIOLA EL PRINCIPIO DE RETROACTIVIDAD DE LA LEY EN BENEFICIO DEL GOBERNADO.

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Extracto


Ejecutoria num. 22093 de Primera Sala de Suprema Corte de Justicia

AMPARO EN REVISIÓN 2270/2009. **********

CONSIDERANDO:

PRIMERO. Esta Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación es competente para conocer del presente asunto, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 107, fracción VIII, inciso a), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 84, fracción I, inciso a), de la Ley de Amparo; 21, fracción XI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; y conforme a los puntos cuarto, en relación con el tercero, fracción II, del Acuerdo General Plenario 5/2001 del veintiuno de junio de dos mil uno, en virtud de que se trata de un recurso de revisión interpuesto en contra de una sentencia dictada en un juicio de amparo indirecto, en el que se reclamó la inconstitucionalidad del artículo tercero transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Salud, del Código Penal Federal y del Código Federal de Procedimientos Penales, publicado en el Diario Oficial de la Federación del veinte de agosto de dos mil nueve; y si bien subsiste la cuestión de constitucionalidad planteada, es innecesaria la intervención del Tribunal Pleno, al existir criterios que orientan su resolución.

SEGUNDO. El requisito de legitimación para interponer el recurso se encuentra satisfecho, porque lo presentó **********, defensor de oficio federal de **********, quejoso en el juicio de amparo indirecto ********** del índice del Segundo Tribunal Unitario del Décimo Noveno Circuito, donde se dictó la sentencia recurrida.

Asimismo, este medio de impugnación se hizo valer en tiempo, toda vez que la sentencia de mérito se notificó al quejoso, personalmente, el **********; por lo que dicha notificación surtió efectos el día ********** siguiente, conforme a los artículos 28, fracción II y 34, fracción II, de la Ley de Amparo. De ahí que el plazo de diez días previsto en el artículo 86 del mismo ordenamiento para interponer el recurso de revisión, transcurrió del **********, una vez descontados los días **********, así como el ********** por ser inhábiles, de conformidad con el artículo 23 de la Ley de Amparo y 163 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. Así, toda vez que el escrito de agravios fue presentado el ********** es indudable su oportunidad.

TERCERO. Los antecedentes del caso, son los que a continuación se relatan:

1. Conforme a las constancias de autos, ante denuncias ciudadanas anónimas, agentes federales efectuaron una investigación de campo. En uno de los domicilios señalados como aquellos donde se vendía droga, se percataron que un sujeto se acercó a la ventana; una vez interceptado dicho sujeto, que dijo llamarse **********, al practicarle una revisión le encontraron dos envoltorios, conteniendo en su interior polvo blanco, al parecer cocaína, con un peso de 230 y 320 miligramos, respectivamente; y uno con hierba verde y seca, al parecer marihuana, con un peso de 4.27 gramos; al ser interrogado, el sujeto manifestó que la droga la acababa de comprar en ese lugar.

2. En virtud de lo anterior, el agente del M...

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