Tesis Aislada, (Tesis de Cuarta Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro382696
MateriaLaboral

Si se alega que se infrinje la fracción VI del artículo 123 constitucional, porque no se fijó a un trabajador como salario remunerador, la cantidad de un peso cincuenta centavos, que establece el decreto de 5 de enero de 1934, como salario mínimo, para el Distrito Federal, no es de admitirse esa alegación, ya que el decreto que fija el salario mínimo, rige desde la fecha de su vigencia, o sea desde el 5 de enero de 1934, y el salario remunerador se refiere a una época anterior a la que comprende el salario mínimo establecido por el decreto mencionado, sin que sea obstáculo el que el laudo reclamado haya sido dictado estando ya en plena vigencia el citado decreto en que se fijó el salario mínimo, pues dada la variabilidad del costo y de las condiciones de la vida, no puede estimarse que el monto...

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