Tesis Aislada, (Tesis de Cuarta Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro380236
MateriaLaboral

Si una Junta considera salario remunerador el de diez pesos mensuales, que el patrono pagaba al trabajador, no infringe el inciso b) de la fracción XXVII del artículo 123 constitucional, si aparece demostrado que no era portero dicho trabajador, sino que el servicio prestado por aquél consistía únicamente en asear determinada parte del inmueble, y que en ese trabajo no ocupaba más de media hora diaria, y debe concluirse que el salario de diez pesos que se pagaba al expresado trabajador, era suficientemente remunerador del servicio prestado por éste, no siendo tal conclusión contraria al precepto constitucional invocado, pues conforme a este...

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