Tesis Aislada, (Tesis de Cuarta Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro243502
MateriaLaboral,Derecho Laboral y Seguridad Social

Tratándose de la pensión post-mortem, cuando el trabajador jubilado fallece dentro de los dos años siguientes de haber obtenido su jubilación, dicha pensión corresponde al beneficiario específicamente designado por el trabajador jubilado. En efecto, la cláusula 148, fracción III, del contrato colectivo de los trabajadores petroleros en vigor a partir del 1o. de agosto de 1971, en su parte conducente, establece: Cuando un trabajador jubilado fallezca antes de transcurrir dos años de haber sido pensionado, el patrón continuará pagando el importe de dicha percepción hasta completar el término mencionado, al beneficiario o beneficiarios que el trabajador jubilado haya...

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