Tesis, (Tesis num. 139 de Cuarta Sala (Reiteración))

Número de registro918879
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaLaboral,Derecho Laboral y Seguridad Social

La fracción XXXI del artículo 123 constitucional establece que son de la competencia de la autoridad federal los asuntos relacionados con la industria cinematográfica. Por su parte el párrafo segundo del artículo 1o. de la Ley de la Industria Cinematográfica señala que dicha industria comprende no sólo la producción, sino también la distribución y exhibición de películas nacionales o extranjeras de largo y cortometraje; en consecuencia, basta efectuar una sola de estas actividades para que los conflictos entre una empresa y sus trabajadores sean de la competencia de la autoridad del fuero federal laboral.

Séptima Época:


Competencia 111/62.-Suscitada entre la Junta Municipal de Conciliación Permanente en Tijuana, B.C. y la Junta Federal de Conciliación Número 1, en Ensenada, B.C.-4 de junio de 1969.-Cinco votos.-Ponente: A.O.R..


Competencia 96/60.-Suscitada entre la Junta Central de Conciliación y Arbitraje del Estado de Durango y la Junta Federal Accidental de Conciliación de la ciudad de Durango, Dgo.-23 de julio de 1969.-Unanimidad de cuatro votos.-Ponente: Ma. S. de T..


Competencia...

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