Tesis de Pleno, 1 de Febrero de 2002 (caso Tesis Jurisprudencial de Pleno n° P./j. 4/2002 jurisprudencia, del 01 de Febrero de 2002)

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Resumen


DISTRITOS ELECTORALES UNINOMINALES. EL ARTÍCULO 31, SEGUNDO PÁRRAFO, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE CAMPECHE, CONTRAVIENE LO DISPUESTO EN EL NUMERAL 116, FRACCIÓN II, PRIMER PÁRRAFO, DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL, AL ATENDER A UN CRITERIO GEOGRÁFICO PARA LA DEMARCACIÓN DE AQUÉLLOS.

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Extracto


Tesis de Pleno, 1 de Febrero de 2002 (caso Tesis Jurisprudencial de Pleno n° P./j. 4/2002 jurisprudencia, del 01 de Febrero de 2002)

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