Tesis de Pleno, 1 de Junio de 1991 (caso Tesis Jurisprudencial de Pleno n° P./j. 20/91 jurisprudencia, del 01 de Junio de 1991)

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ACTIVO DE LAS EMPRESAS. LA LEY QUE CREA EL IMPUESTO CORRESPONDIENTE NO ES INCONSTITUCIONAL POR PERSEGUIR, SECUNDARIAMENTE, FINES EXTRAFISCALES.

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Tesis de Pleno, 1 de Junio de 1991 (caso Tesis Jurisprudencial de Pleno n° P./j. 20/91 jurisprudencia, del 01 de Junio de 1991)

ACTIVO DE LAS EMPRESAS. LA LEY QUE CREA EL IMPUESTO CORRESPONDIENTE NO ES INCONSTITUCIONAL POR PERSEGUIR, SECUNDARIAMENTE, FINES EXTRAFISCALES.

El propósito fundamental de los impuestos es el recaudatorio para sufragar el gasto público de la Federación, Estados, y Municipios en los términos establecidos por el artículo 31, fracción IV, de la Constitución Federal, pero no resulta violatorio de esta norma la circunstancia de que al establecerlos, el legislador tome en consideración, además, de manera accesoria o secund...

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