Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro312861
EmisorPrimera Sala
MateriaPenal

El hecho de que el procesado, al rendir su declaración, confiese, entre otras cosas, que ejecutó determinado acto, en un estado de locura, no significa que al apreciarse la confesión, deba forzosamente tomarse en cuenta esta última circunstancia, ya que el inculpado no es el capacitado para apreciar el estado en que se encontraba, al cometer los hechos delictuosos.

Amparo penal directo 3133/34. W.C.F.. 22 de noviembre de 1934. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: E.O.A.. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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