Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis num. de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro297575
MateriaPenal,Derecho Penal
EmisorPrimera Sala

El estupro consiste en el ayuntamiento con una mujer que vive honestamente, si ha empleado el engaño o la seducción para alcanzar su consentimiento, siendo los atributos fundamentales de ese acto ilícito, el empleo de la seducción o el engaño para alcanzar su consentimiento; y aun admitiendo que la modalidad del acto haya quedado justificada con la opinión de facultativos, y que también se haya demostrado que la ofendida vive de modo honesto, si no se comprueba el empleo de la seducción o del engaño, no puede tenerse por comprobado el delito de estupro, toda vez que el consentimiento de la ofendida, es el elemento esencial y constitutivo del estupro, y es lo que sustancialmente lo distingue del delito de violación.

Amparo penal directo 3372/50. Ramos P.E.. 21 de abril de 1952. Mayoría de tres votos. Disidentes: L. De la Fuente y J.J.G.B.. Relator: L.G.C..

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