Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro297564
MateriaPenal,Derecho Penal
EmisorPrimera Sala

El testigo en todo momento debe dar la razón de su dicho, y cuando entre dos declaraciones producidas por una persona, existen diferencias substanciales, sin explicar en la segunda, el porqué rectifica totalmente la primera, debe estarse a aquélla a menos que se demuestre su inverosimilitud.

Amparo penal directo 118/52. P.B.J.J.. 16 de abril de 1952. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: L. De la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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