Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro297276
MateriaPenal,Derecho Penal
EmisorPrimera Sala

No debe condenarse al quejoso por el delito de abandono de persona, si cuando no prestó la asistencia ni el cuidado a que se contrae el artículo 326 del Código de Defensa Social aplicable, en el lugar de los hechos se encontraban otras personas que desde luego se encargaron de proporcionarle la ayuda necesaria a la víctima.

Amparo penal directo 2541/52. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 14 de marzo de 1953. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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