Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro262370
MateriaPenal
EmisorPrimera Sala

El Ministerio Público puede incurrir en un error técnico en la clasificación del delito al estimar que las lesiones causadas por el reo son simples, pero de todas formas, por imperativo del artículo 21 constitucional, la jurisdicción represiva no debió rebasar el ámbito de las conclusiones del representante de la acción penal, que encuadró el evento dentro del tipo de lesiones perpetradas en riña.

Amparo directo 5022/58. F.G.M.. 20 de agosto de 1959. Cinco votos. Ponente: L.C.G..


Nota: En el Apéndice 1917-1985, página 32, esta tesis aparece bajo el rubro "ACUSACION, EL JUEZ NO DEBE REBASARLA (LESIONES EN RIÑA).".



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