Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro258908
MateriaPenal,Derecho Penal
EmisorPrimera Sala

El engaño como contenido de la conducta del sujeto activo en el delito de estupro, debe funcionar como causa que directamente produzca como efecto en la conducta de la sujeto pasivo la aceptación para la cópula, y no como medio que coloque a la ofendida en el lugar de los hechos, aun cuando tal colocación obedezca a engaño.

Amparo directo 2407/62. A.F.A.. 5 de abril de 1967. Cinco votos. Ponente: M.R.S..


Sexta Epoca, Segunda Parte:


Volumen CIX, página 28. Amparo directo 8506/64. A.A.P.. 7 de julio de 1966. Cinco votos. Ponente: J.L.G.G..


Volumen CIX, página 28. Amparo directo 5627/65. R.M.A.. 7 de julio de 1966. Mayoría de tres votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.


Nota: En el Volumen CIX, página 28, esta tesis aparece bajo el rubro "ESTUPRO, ENGAÑO Y SEDUCCION COMO ELEMENTOS DEL. DEBEN SER LA CAUSA DIRECTA DE LA ACEPTACION DE LA COPULA Y NO LA DE COLOCAR A LA MENOR EN EL LUGAR DE LOS HECHOS.".

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