Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro235892
EmisorPrimera Sala
MateriaPenal,Derecho Penal,Derecho Procesal

La verificación de los delitos sexuales, por su misma naturaleza, sucede en ausencia de testigos, por lo que la prueba de persistencia debe acreditarse mediante el enlace lógico entre los indicios, por lo que la prueba directa pocas veces concurre; de este modo, es legal la sentencia que se apoya en el dicho categórico de la ofendida manteniendo en el careo practicado, si de acuerdo con los pormenores del hecho delictuoso relatado por la agraviada, lleva a concluir que se produjo con verdad, máxime cuando está corroborado por el dictamen médico ginecológico.

Amparo directo 4616/73. J. de la C.M.. 2 de mayo de 1974. Cinco votos. Ponente: M.R.S..


Véase: A. al Semanario Judicial de la Federación 1917-1965, Segunda Parte, Primera Sala, tesis 194, página 386, bajo el rubro "OFENDIDO, VALOR DE LA DECLARACION DEL.".

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