Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro234013
EmisorPrimera Sala
MateriaPenal,Derecho Penal

El delito de encubrimiento, por favorecimiento, previsto por el artículo 400, fracción IV, del Código Penal Federal, se refiere al auxilio o cooperación que se preste al autor de un delito, por acuerdo posterior a la ejecución del citado ilícito, sin haber participado en el mismo; o sea, que el encubridor debe realizar una conducta activa encaminada a auxiliar al autor material del delito, después de ejecutado éste, extremos no satisfechos si el inculpado tenía, por cuenta de terceros y bajo el radio de acción de su disponibilidad, la marihuana afecta a la causa, quedando colocado jurídicamente como autor en la comisión del delito imputado, porque en forma consciente y querida estuvo en posesión del estupefaciente aludido, desde el momento en que aceptó guardarlo mientras encontraba un comprador, pues su actividad en sí misma es constitutiva de la posesión atribuida, con independencia de que fuera a título precario y no como dueño, cuestión ésta indiferente para perfeccionar la acción constitutiva del tipo delictivo de que se trata.

Amparo directo 7001/86. F.E.R.. 10 de junio de 1987. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: F.P.V.. Secretaria: M.E.M. de Duarte.





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