Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro809293
EmisorPrimera Sala
MateriaPenal

De acuerdo con los artículos 446, 447 y 449 del Código Penal vigente, en el Estado de México, para que exista el delito de amenazas, se requiere que una persona dirija a otra un escrito anónimo, o suscrito con su nombre o con otro supuesto, o le haga verbalmente una amenaza de causarle un mal grave o privarle de la vida, si no efectúa determinada prestación, o ejecuta determinados hechos; pero la manifestación hecha por el indiciado, a un tercero, sobre que puede venirle un daño al que se dice amenazado, no es bastante para integrar el cuerpo del delito de amenazas.

Amparo penal en revisión 2907/33. N.R.. 31 de enero de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: D.G.. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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