Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro816324
MateriaPenal
EmisorPrimera Sala

El reembargo de unos bienes y de un crédito, con la anomalía de que el reembargante haya nombrado nuevo interventor con cargo a la caja, que desposeyó al de igual carácter, nombrado por el primer embargante, atribuyéndole por ese sólo hecho estar disponiendo de esos bienes, no constituye el delito de robo equiparado a que se refiere la fracción I del artículo 368 del Código Penal, si los bienes reembargados no fueron señalados para la traba de ejecución por el deudor común, no se prueba ninguna connivencia entre éste y el segundo acreedor que realizó el reembargo y de ese modo impidió hacer efectivo el crédito preferente. Tal declaración no perjudica las acciones civiles o penales que puedan engendrar el injustificado nombramiento de interventor con cargo a la caja en un reembargo y la indebida aplicación de los bienes reembargados o de sus productos por el segundo interventor.

Amparo en revisión 9916/44. C. viuda de M.M. y coagraviados. 9 de abril de 1945. Mayoría de cuatro votos. Disidente: T.O. y Leyva. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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