Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis num. 1762 de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro906703
MateriaPenal
EmisorPrimera Sala

El acusado no puede eludir su responsabilidad penal, afirmando que al desconocer las leyes que norman la conducta de los ciudadanos, ignoraba que cometía un hecho delictuoso, pues la ignorancia de la ley no excusa su cumplimiento, y esta regla se funda en la presunción legal de su conocimiento, presunción que ha sido dictada por la necesidad, puesto que si este conocimiento se debiera subordinar a un juicio de hecho entregado al criterio sentenciador, la ley no sería eficaz por sí misma, ni general para todos. En efecto, admitida la excusabilidad de su ignorancia, la ley penal se volvería condicional y quedaría supeditada a la excepción de cualquier particular que por negligencia, malicia u otra circunstancia, la desconociera, a pesar de ser una obligación para todos mantenerse informados sobre las leyes que gobiernan al país.

Amparo directo 2465/66.-J.P.P. Tamayo.-29 de septiembre de 1966.-Cinco votos.-Ponente: M.R.S..


Semanario Judicial de la Federación, Sexta Época, Volumen CXI, Segunda Parte, página 32, Primera Sala.

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