Resumen
ORDINARIO MERCANTIL. EN EL JUICIO RELATIVO LOS JUECES NO DEBEN ABSOLVER O CONDENAR A LAS PARTES SI NO ANALIZARON EL FONDO DE LA CONTIENDA.
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Extracto
Tesis de 1ª Sala, 1 de Noviembre de 2008 (caso Tesis Jurisprudencial de Primera Sala, 1a. Lxxxiii/2008 Tesis Aislada)
Si bien el artículo 1325 del Código de Comercio establece que los jueces en los juicios mercantiles deben abs...
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