Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 1 de Junio de 2010 (Tesis num. 1a./J. 37/2010 de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 01-06-2010 (Contradicción de Tesis))
Número de registro | 164457 |
Número de resolución | 1a./J. 37/2010 |
Fecha de publicación | 01 Junio 2010 |
Fecha | 01 Junio 2010 |
Localizador | 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XXXI, Junio de 2010; Pág. 94 |
Emisor | Primera Sala |
Tipo de Jurisprudencia | Contradicción de Tesis |
Materia | Administrativa,Derecho Público y Administrativo |
La resolución que emita el tribunal superior de justicia de un estado actuando como órgano de sentencia dentro de un juicio político es de naturaleza política ya que se encuentra inscrita en un procedimiento que en su totalidad participa de las características de un sistema de control político: a) responden a un criterio de oportunidad política, b) se controlan actos y personas, no normas o productos normativos, c) el parámetro de control es político o surge de la misma voluntad política del órgano que controla, y finalmente d) el resultado es una sanción de carácter político: destitución o inhabilitación en el cargo. En este sentido, el que la autoridad que ejerza el control político sea alguno de los tribunales superiores de justicia de los estados o que éstos tengan alguna participación en el proceso de atribución de responsabilidades políticas, no es razón válida para catalogar su actuación como jurisdiccional, toda vez que aun cuando es costumbre o regla general entender como coincidentes el carácter formal y material de las atribuciones de los órganos del Estado, lo correcto es atender a la naturaleza de la función. En consecuencia, dada la naturaleza del procedimiento y de las actuaciones de las autoridades que participan en él, cuando las constituciones correspondientes las califiquen como decisiones soberanas y discrecionales, se actualiza la causal de improcedencia establecida en la fracción VIII del artículo 73 de la Ley de Amparo.
PRECEDENTES:
Contradicción de tesis 31/2006-PL. Entre las sustentadas por el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito y el Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Segundo Circuito. 11 de noviembre de 2009. Cinco votos. Ponente: J.R.C.D.. Secretario: R.M.M.G..
Tesis de jurisprudencia 37/2010. Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión de fecha diez de marzo de dos mil diez.
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Ejecutoria num. 3/2019 de Plenos de Circuito, 19-03-2021 (CONTRADICCIÓN DE TESIS)
...tiene una facultad soberana y discrecional para aprobar ese tipo de nombramientos." Asimismo, por analogía de razones, la jurisprudencia 1a./J. 37/2010, de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, registro digital: 164457, publicada en el Semanario Judicial de la Federa......
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Voto particular num. 20/2021 de Plenos de Circuito, 15-07-2022 (CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS (ANTES CONTRADICCIÓN DE TESIS))
...Novena Época, Tomo XXXI, marzo de 2010, página 122. Registro digital: 165077. 36. Esta consideración tuvo sustento en la jurisprudencia 1a./J. 37/2010 de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de rubro: "JUICIO POLÍTICO. LA RESOLUCIÓN DICTADA POR EL TRIBUNAL SUPERIOR ......
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Ejecutoria num. 20/2021 de Plenos de Circuito, 15-07-2022 (CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS (ANTES CONTRADICCIÓN DE TESIS))
...XXVI, septiembre de 2007, página 552, con número de registro digital: 171304. 15. Esta consideración tuvo sustento en la jurisprudencia 1a./J. 37/2010 de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de rubro: "JUICIO POLÍTICO. LA RESOLUCIÓN DICTADA POR EL TRIBUNAL SUPERIOR ......
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 11-03-2020 (QUEJA 2/2020)
...plena e indubitable de la causal de improcedencia en estudio. Es aplicable, por las razones que la informan, la Jurisprudencia 1a./J. 37/2010 emitida por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, visible en la página 94, tomo XXXI, junio 2010 del Semanario Judicial de la......