Resumen
DIVORCIO, POR INCUMPLIMIENTO DE MINISTRAR ALIMENTOS, NO REQUIERE TÉRMINO PARA SU EJERCICIO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE PUEBLA).-
Ver el contenido completo de este documento
Extracto
Tesis de 1ª Sala (caso Tesis Jurisprudencial de Primera Sala n° 216 jurisprudencia)
DIVORCIO, POR INCUMPLIMIENTO DE MINISTRAR ALIMENTOS, NO REQUIERE TÉRMINO PARA SU EJERCICIO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE PUEBLA).-
El artículo 454 fracción XIV del Códig...Ver el contenido completo de este documento
Enlaces patrocinados
