Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis num. 235 de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Contradicción de Tesis))

Número de registro913177
Tipo de JurisprudenciaContradicción de Tesis
MateriaCivil,Derecho Civil,Derecho Procesal
EmisorPrimera Sala

Cuando se trata de diversos demandados, que tienen el mismo domicilio, no existe impedimento para que el emplazamiento pueda realizarse conjuntamente siempre que el funcionario encargado de llevarlo a cabo se cerciore de quiénes están presentes y entregue a cada uno las copias de traslado correspondientes, ya que ambos requisitos son indispensables para considerar que la diligencia se llevó a cabo en forma personal. Ahora bien, si el emplazamiento se efectúa en la forma precisada no es necesario levantar un acta por cada demandado emplazado, ya que el acta sólo es la relación escrita de cómo se realizó la diligencia respectiva, de ahí que si el funcionario judicial tuvo ante sí a los demandados que tienen el mismo domicilio, les hizo de su conocimiento el inicio del juicio en su contra, las pretensiones del actor, entregándoles las respectivas copias de traslado, todo ello puede hacerse constar en una sola acta.

Novena Época:


Contradicción de tesis 67/99.-Entre las sustentadas por el Quinto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito y Segundo Tribunal Colegiado del Sexto Circuito, en contra del Tercer Tribunal Colegiado del Cuarto Circuito y Primer Tribunal Colegiado del Décimo Primer Circuito.-13 de octubre de 1999.-Cinco votos.-Ponente: J.N.S. Meza.-Secretaria: M.d.S.O. de Favela.


Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Tomo X, noviembre de 1999, página 176, Primera Sala, tesis 1a./J. 77/99; véase la ejecutoria en la página 177 de dicho tomo.

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