Tesis Aislada, (Tesis de Sala Auxiliar (Tesis Aisladas))

Número de registro385184
MateriaCivil,Derecho Civil

Cuando una persona enajena un inmueble, deja de poseerlo en forma que sea eficaz para la usucapión, dado que el artículo 869 del Código Civil previene que sólo la posesión que se adquiere y disfruta en concepto de dueño de la cosa poseída puede producir la prescripción, y el artículo 1168 del mismo ordenamiento expresa, que si alguien que no poseía en calidad de propietario comienza a poseer con ese carácter, sólo desde el día en que ocurra tal cambio se inicia el tiempo útil para prescribir; por lo que si una persona deja de poseer como dueña y continúa detentando el inmueble que enajenó, esto hace considerar que tiene la calidad de arrendataria, de depositaria, comodataria, etc., o sea una posesión no apta para usucapir, como se desprende de los preceptos citados y...

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