Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro337709
EmisorSegunda Sala
MateriaComún,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Derecho Procesal

Las irregularidades a que se refiere el artículo 72 de la Ley de Amparo y que autorizan la aclaración o el rechazamiento de la demanda, deben ser sustanciales; de modo que si se puntualiza debidamente el acto reclamado, y se expresan los conceptos por los que se le estima violatorio de garantías, no es estrictamente necesario que el quejoso señale en qué fracción del artículo 1o. de la ley reglamentaria se apoya para pedir la protección federal y, por tanto, no debe desecharse la demanda de amparo, sino admitirla y tramitarla.

Amparo administrativo. Revisión del auto que desechó la demanda 3166/30. H.D. y coagraviado. 13 de abril de 1931. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: A.C.C..

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