Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro816362
MateriaAdministrativa
EmisorSegunda Sala

Estando comprobado en autos que el C. Presidente de la República ordenó la suspensión del procedimiento de dotación para que se recabaran nuevas pruebas, lo procedente habría sido, como lo alegó el agraviado, que se dictará resolución por el C. Presidente de la República, que es la autoridad a la que compete decidir en definitiva las cuestiones de dotación de tierras, en la cual se decidiera si subsistía o no la primitiva para que posteriormente el departamento agrario estuviera en aptitud de ejecutar lo mandado; sin haber lugar a que este organismo dejara de acatar el repetido acuerdo presidencial de suspensión, por no corresponder a sus funciones discutir su validez, sino tan solo cumplimentar esa clase de acuerdo, según lo previene la anteriormente citada fracción II del artículo 35 del Código Agrario; todo ello sin perjuicio de que el propio Ciudadano presidente de la República sea quien decida si debe o no modificar su primera resolución, ya sea como consecuencia de la reposición del procedimiento que previno o bien estimando si el caso admite legalmente la modificación.

Amparo 4680/48. G.C.R.. 8 de noviembre de 1848. Ausente: M.B.B.. Ponente: A.F.R..

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR