Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 1 de Diciembre de 2005 (Tesis num. 2a./J. 151/2005 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 01-12-2005 (Contradicción de Tesis))
Número de registro | 176436 |
Número de resolución | 2a./J. 151/2005 |
Fecha de publicación | 01 Diciembre 2005 |
Fecha | 01 Diciembre 2005 |
Localizador | 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XXII, Diciembre de 2005; Pág. 394 |
Emisor | Segunda Sala |
Tipo de Jurisprudencia | Contradicción de Tesis |
Materia | Laboral,Derecho Laboral y Seguridad Social |
Conforme a la doctrina procesalista, el remate constituye una expropiación para tutelar y satisfacer los derechos establecidos en la sentencia, previo embargo judicial del bien, esto es, el remate es un acto público y el auto aprobatorio de su fincamiento consuma la expropiación, a la vez que perfecciona el derecho del adjudicatario sobre el bien rematado y, como consecuencia de la aprobación del remate, el antiguo dueño del bien pierde la titularidad sobre él. Ahora bien, de la interpretación sistemática del artículo 977, fracción IV, de la Ley Federal del Trabajo, así como de las normas que integran el Título Quince, Capítulo I, Secciones Segunda y Tercera, de la propia Ley, relativas al embargo y remate de bienes, y en atención a las consecuencias de éste, se concluye que la tercería excluyente de dominio, al suspender únicamente el acto de remate, en términos del referido artículo 977, fracción IV, debe promoverse previamente a la declaratoria que prevé la fracción VI del artículo 971 de la Ley citada, es decir, hasta antes de que el remate se declare fincado, pues una vez efectuada aquélla ya no tendrá razón de ser, en virtud de que si su finalidad es levantar el embargo practicado en bienes de tercero, éste no podrá acudir en defensa de un bien que ya no está en su patrimonio.
PRECEDENTES:
Contradicción de tesis 143/2005-SS. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Noveno y Quinto, ambos en Materia de Trabajo del Primer Circuito; el Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito; el entonces Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito; el Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Primer Circuito; el entonces Segundo Tribunal Colegiado del Sexto Circuito; el entonces Segundo Tribunal Colegiado del Cuarto Circuito y el Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito. 11 de noviembre de 2005. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: J.D.R.. Ponente: G.D.G.P.. Secretario: J.A.V..
Tesis de jurisprudencia 151/2005. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del veintitrés de noviembre de dos mil cinco.
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Ejecutoria de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 05-04-2017 (AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 4626/2016)
...este Máximo Tribunal expuso razonamiento similares al resolver la Contradicción de Tesis 143/2005-SS, del cual surgió la jurisprudencia 2a./J. 151/2005, de rubro: “TERCERÍA EXCLUYENTE DE DOMINIO EN EL PROCEDIMIENTO LABORAL. PUEDE PROMOVERSE HASTA ANTES DE QUE EL REMATE SE DECLARE Aunado a l......
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 23-08-2017 (AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 5688/2016)
...practicado en bienes de tercero, éste no podrá acudir en defensa de un bien que ya no está en su patrimonio. Tesis de Jurisprudencia 2a./J. 151/2005, de la Segunda Sala, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXII, Diciembre de 2005, p. 25...
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Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado del Sexto Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 1004 de Segundo Tribunal Colegiado del Sexto Circuito (Tesis Aisladas))
...tesis VI.2o.3 L. Nota: Esta tesis contendió en la contradicción 143/2005-SS resuelta por la Segunda Sala, de la que derivó la tesis 2a./J. 151/2005, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXII, diciembre de 2005, página 394, con el ru......