Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 1 de Diciembre de 1999 (Tesis num. 2a./J. 126/99 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 01-12-1999 (Reiteración))

Número de registro192787
Número de resolución2a./J. 126/99
Fecha de publicación01 Diciembre 1999
Fecha01 Diciembre 1999
Localizador9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; X, Diciembre de 1999; Pág. 244
EmisorSegunda Sala
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaConstitucional,Administrativa,Derecho Fiscal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional

El referido decreto que modifica y adiciona diversos rangos de la tarifa prevista en el citado numeral es de naturaleza autoaplicativa, ya que por su entrada en vigor transforma la situación jurídica de los gobernados que realizan el hecho imponible generador del impuesto sobre nóminas, la erogación de salarios, modificándose los términos en los cuales deben realizar el cálculo del tributo a su cargo, obligación que ha de cumplirse indefectiblemente, con independencia de la mayor o menor cuantía en la que realicen tales erogaciones, de donde se sigue que la individualización de esa precisa hipótesis jurídica no está condicionada a un diverso acto de autoridad o del propio contribuyente, ni a requisitos temporales o cuantitativos que de no acontecer impedirían que sus efectos se concreten en perjuicio de los gobernados.

PRECEDENTES:

Amparo en revisión 1035/99. Internacional de Cerámica, S.A. de C.V. 1o. de octubre de 1999. Unanimidad de cuatro votos. Ausentes: M.A.G. y J.V.A.A., quien fue suplido por J.V.C. y C.. Ponente: G.I.O.M.. Secretario: R.C.C..

Amparo en revisión 1067/99. Comisiones y Arrendamientos del Sur, S.A. de C.V. 8 de octubre de 1999. Unanimidad de cuatro votos. Ausentes: M.A.G. y J.V.A.A., quien fue suplido por J.V.C. y C.. Ponente: J.D.R.. Secretario: S.R.C..

Amparo en revisión 1130/99. Tecnología de Moción Controlada, S.A. de C.V. 15 de octubre de 1999. Unanimidad de cuatro votos. Ausentes: M.A.G. y J.V.A.A., quien fue suplido por J.V.C. y C.. Ponente: J.D.R.. Secretario: S.R.C..

Amparo en revisión 1179/99. E., S.A. de C.V. 15 de octubre de 1999. Unanimidad de cuatro votos. Ausentes: M.A.G. y J.V.A.A., quien fue suplido por J.V.C. y C.. Ponente: J.D.R.. Secretario: S.R.C..

Amparo en revisión 1188/99. Embotelladora de Chihuahua, S.A. de C.V. 15 de octubre de 1999. Unanimidad de cuatro votos. Ausentes: M.A.G. y J.V.A.A., quien fue suplido por J.V.C. y C.. Ponente: J.D.R.. Secretario: S.R.C..

Tesis de jurisprudencia 126/99. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del veintidós de octubre de mil novecientos noventa y nueve.

6 sentencias

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR