Tesis de 2ª Sala (caso Tesis Jurisprudencial de Segunda Sala n° 467 jurisprudencia)

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SALUD. EL ARTÍCULO 225 DE LA LEY RELATIVA ES HETEROAPLICATIVO, POR LO QUE SI NO SE ACREDITA LA EXISTENCIA DE UN ACTO DE APLICACIÓN, DEBE SOBRESEERSE EN EL JUICIO.-

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Tesis de 2ª Sala (caso Tesis Jurisprudencial de Segunda Sala n° 467 jurisprudencia)

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