Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 1 de Agosto de 2007 (Tesis num. 2a./J. 140/2007 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 01-08-2007 (Contradicción de Tesis))
Número de registro | 171753 |
Número de resolución | 2a./J. 140/2007 |
Fecha de publicación | 01 Agosto 2007 |
Fecha | 01 Agosto 2007 |
Localizador | 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XXVI, Agosto de 2007; Pág. 539 |
Emisor | Segunda Sala |
Tipo de Jurisprudencia | Contradicción de Tesis |
Materia | Común,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Derecho Procesal |
La fracción II del artículo 73 de la Ley de Amparo al establecer que el juicio de garantías es improcedente "contra resoluciones dictadas en los juicios de amparo o en ejecución de las mismas" se refiere a aquellas resoluciones que indefectiblemente deben emitir las autoridades responsables, en las cuales el órgano jurisdiccional del Poder Judicial de la Federación les constriñe a realizar determinadas y precisas acciones, esto es, les da lineamientos para cumplir con el fallo protector y, por ende, la responsable no tiene libertad de decisión, sino que debe emitir la nueva resolución conforme a los efectos precisados por el órgano jurisdiccional federal, de manera que al actuar la responsable en ese sentido, emitiendo una resolución en cumplimiento de una ejecutoria de amparo, o en ejecución de ésta, el nuevo amparo que se intente resulta improcedente porque deriva de una decisión definitiva que ya fue materia de análisis en un juicio anterior, pues admitir un nuevo amparo afectaría el principio jurídico de cosa juzgada y generaría inseguridad jurídica. Sin embargo, esta causal de improcedencia no se actualiza cuando el fallo concesorio deja plenitud de jurisdicción a la autoridad responsable, porque ello significa que en el juicio de amparo no se tomó una decisión definitiva sobre el problema jurídico, es decir, no impera el principio de cosa juzgada, por lo cual la nueva resolución que emita la autoridad responsable no obedece al cumplimiento de una ejecutoria de amparo, o en ejecución de la misma, atendiendo a lineamientos precisos del órgano federal y, en consecuencia, en este supuesto procede el nuevo juicio de garantías.
PRECEDENTES:
Contradicción de tesis 81/2007-SS. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Segundo y Primero, ambos en Materias Penal y Administrativa del Vigésimo Primer Circuito. 8 de agosto de 2007. Cinco votos. Ponente: M.A.G.. Secretario: J.A.A.A.S..
Tesis de jurisprudencia 140/2007. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del ocho de agosto de dos mil siete.
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 03-06-2015 (AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 6108/2014)
...diverso medio de impugnación, pero no un nuevo juicio. El Tribunal Colegiado se apoyó, en lo conducente, en la tesis de jurisprudencia 2a./J. 140/2007, sustentada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que lleva por rubro: “IMPROCEDENCIA DEL JUICIO DE AMPARO DERIV......
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 13-04-2016 (AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 6269/2015)
...diverso medio de impugnación, pero no un nuevo juicio. El Tribunal Colegiado se apoyó, en lo conducente, en la tesis de jurisprudencia 2a./J. 140/2007, sustentada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que lleva por rubro: “IMPROCEDENCIA DEL JUICIO DE AMPARO DERIV......
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Sentencia con número de expediente 182/2022. Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Séptimo Circuito, 2022-09-01
...08/09/23 09:59:37 PJF - Versión Pública Q.C. 182/2022 15 Novena Época Materias(s): Común Tesis: 2a./J. 140/2007 Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Tomo XXVI, Agosto de 2007, página 539 Tipo: Jurisprudencia IMPROCEDENCIA DEL JUICIO DE AMPARO DERIVADA DEL CUMPLIMIENTO DE UN FALL......
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 19-04-2017 (RECURSO DE RECLAMACIÓN 1620/2016)
...a lineamientos precisos del órgano federal y, en consecuencia, en este supuesto procede el nuevo juicio de garantías. Jurisprudencia 2a./J. 140/2007, Segunda Sala, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXVI, Agosto de 2007, página 539. 15...