Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 1 de Mayo de 2009 (Tesis num. 2a./J. 52/2009 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 01-05-2009 (Contradicción de Tesis))

Número de registro167163
Número de resolución2a./J. 52/2009
Fecha de publicación01 Mayo 2009
Fecha01 Mayo 2009
Localizador9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XXIX, Mayo de 2009; Pág. 264
EmisorSegunda Sala
Tipo de JurisprudenciaContradicción de Tesis
MateriaLaboral

Del estudio armónico y sistemático de los artículos 1o., 2o., 4o., 9o., 11, 14, 30, 31, 32 y 35 de la Ley de Sociedades de Solidaridad Social, así como de la exposición de motivos y del proceso legislativo de dicho ordenamiento, se concluye que esas sociedades están obligadas a inscribir a sus socios trabajadores en el régimen obligatorio del seguro social y a cubrir las cuotas respectivas, salvo en el caso en que el Ejecutivo Federal, cuando a su juicio sea indispensable, las exente temporalmente de la obligación. Lo anterior es así, en virtud de que es claro que las referencias de la Ley respecto de la seguridad social, sólo pueden estar dirigidas a quienes constituyen las sociedades de solidaridad social con el carácter de socios trabajadores.

PRECEDENTES:

Contradicción de tesis 82/2009. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Primero y Tercero, ambos en Materia Administrativa del Tercer Circuito. 22 de abril de 2009. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: G.D.G.P.. Ponente: J.F.F.G.S.. Secretario: Ó.R.Á..

Tesis de jurisprudencia 52/2009. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del seis de mayo de dos mil nueve.

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