Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro356197
MateriaCivil,Derecho Civil

Al dictarse un auto ad exequendum, no se produce una situación jurídica de secuestro en bienes o derechos; se prepara esa situación, pero mientras el embargo no se verifique, solamente existe un acto preliminar tendiente a realizarlo. Ahora bien, si de autos consta que la diligencia de secuestro se verificó en el local del juzgado y que no se entendió con persona alguna que representara a la parte quejosa, es evidente que el embargo no puede tener el efecto de privar al interesado, de la posesión de los bienes que se designaron como secuestrados, y falta de cumplirse tal requisito, el cual tendrá lugar cuando el depositario interventor se haga cargo de esos intereses y previa la diligencia de toma de posesión respectiva; entretanto, si sólo se levantó una acta de secuestro, falta...

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