Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro344925
MateriaCivil

Este decreto consigna un procedimiento que no señala la obligación de publicar edictos, para que las personas que se crean con derecho a la herencia, puedan apersonarse a deducirlo. Los juicios sucesorios, al igual que los de quiebra, son universales y atractivos. En ellos, la publicación de edictos es una formalidad esencial del procedimiento, para que herederos y acreedores sepan de su existencia y puedan apersonarse a su tramitación, y la inconstitucionalidad del Decreto número 5, radica en que la tramitación de los juicios sucesorios, omite consignar la indicada formalidad esencial del procedimiento. Por tanto, si en el juicio intestamentario que se tramitó ante el Juez responsable, conforme al citado decreto, se privó a los quejosos de la garantía de audiencia, imposibilitándolos...

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