Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro269843
MateriaCivil,Derecho Civil

Del texto de la exposición de motivos del Código Civil para el Distrito y Territorios Federales (cuyo artículo 8o. es idéntico al del mismo número, del Código Civil del Estado de Coahuila), que en lo conducente es como sigue: "....Tratándose de nulidad de las obligaciones, se estableció una doctrina más clara y fundada. Como principio básico, se sostiene que solo la ley puede establecer nulidades y estas se dividen en absolutas y relativas, resultando las primeras de los actos ejecutados contra el tenor de leyes prohibitivas o de interés público. A la segunda categoría pertenecen todos los demás..." se desprende que todos los actos ejecutados contra el tenor de leyes prohibitivas o de orden público, y sólo ellos, están afectados de nulidad absoluta; y como la venta de cosa ajena, es contraria al tenor del artículo 2163 del Código Civil, ley prohibitiva, el acto esta afectado de nulidad absoluta, de la cual, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2120 del Código Civil, puede prevalecerse todo interesado y no únicamente las partes contratantes. Por otro lado, los artículos 2163 y 2164 del Código Civil, en los que respectivamente se dispone que ninguno puede vender sino lo que es de su propiedad, y que la venta de cosa ajena es nula, no se refieren exclusivamente a la transmisión de la...

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