Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro269429
MateriaCivil

Siendo la caducidad una defensa, el Juez debe examinar si se demuestra la existencia de los elementos legales de la acción cambiaria en vía de regreso, ya que conforme al artículo 160 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, por falta de pago de las cambiales, a instancia del último tenedor debe levantarse contra el aceptante el protesto, bajo pena de caducidad, máxime si de tal requisito no media dispensa de librador. Ahora bien, si el demandado, girador y beneficiario original de las cambiales fundatorias y obligado por ello cambiariamente en vía de regreso, opone la defensa de falta de acción y no menciona los hechos que la apoyan, el Juez de oficio debe estudiarla. La prevención de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito en el artículo 160 sobre que "la acción cambiaria del último tenedor de la letra contra los obligados en vía de regreso, caduca: ... II. Por no haberse levantado el protesto en los términos de los artículos 139 al 144", obliga al sentenciador a examinar ante todo si se ha operado la caducidad de las cambiales, por ser condición primordial para el ejercicio de la acción cambiaria cuando se trata en la vía de regreso, y porque aun de oficio debe estudiarse. Además, en la misma enumeración de las excepciones, y defensas del artículo 8 de la citada ley general, en la...

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