Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro239598
MateriaCivil,Derecho Civil,Derecho Procesal

De conformidad con los artículos 156, fracción IV y 51 fracción IV, de los ordenamientos citados, respectivamente la competencia para conocer de un juicio en el que se ejercita una acción personal corresponde al Juez del domicilio del demandado. Por consiguiente, si en un juicio sumario de jactancia se demanda que dentro de un plazo fijado por el Juez, del demandado deduzca la acción que pretende en contra el actor, debe considerarse que corresponde conocer del juicio al Juez del lugar del domicilio del demandado por tratarse de una acción personal, pues tiene por objeto hacer efectivo un derecho personal del demandante contra el demandado.

Competencia civil 88/74. Suscitada entre el Juez Trigésimo Segundo de lo Civil del Distrito Federal, ahora Vigésimo y el Juez Segundo de lo Civil de Toluca en el Estado de México. 21 de octubre de 1987. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: M.A.G.. Secretaria: H.C.M.G..

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