Tesis Aislada, , 1 de Marzo de 1994 (Tesis num. 3a. VIII/94 de Tercera Sala, 01-03-1994 (Tesis Aisladas))

Número de registro206638
Número de resolución3a. VIII/94
Fecha de publicación01 Marzo 1994
Fecha01 Marzo 1994
Localizador8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; XIII, Marzo de 1994; Pág. 64
MateriaCivil,Derecho Civil,Derecho Mercantil y de la Empresa,Derecho Procesal

De conformidad con la legislación procesal mercantil, el término para la interposición de la incompetencia por declinatoria, cuando la hace valer como excepción el demandado en un juicio ejecutivo mercantil, es el mismo término de cinco días que la ley concede para contestar la demanda, pues así lo disponen los artículos 1379 y 1396 del Código de Comercio.

Competencia civil 287/93. Suscitada entre los jueces Vigésimo Quinto de lo Civil del Distrito Federal y Segundo...

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