Tesis de 3ª Sala, 1 de Junio de 1990 (caso Tesis Jurisprudencial de Tercera Sala n° Lxxxix/90 tesis aislada, del 01 de Junio de 1990)

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Resumen


DEMANDA DE AMPARO. EL TERMINO PARA SU PRESENTACION DEBE CONTARSE CONFORME AL SEGUNDO SUPUESTO PREVISTO POR EL ARTICULO 21 DE LA LEY DE AMPARO, SI NO EXISTE NOTIFICACION DE LA RESOLUCION QUE SE RECLAME.

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Extracto


Tesis de 3ª Sala, 1 de Junio de 1990 (caso Tesis Jurisprudencial de Tercera Sala n° Lxxxix/90 tesis aislada, del 01 de Junio de 1990)

DEMANDA DE AMPARO. EL TERMINO PARA ...

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