Resumen
INEJECUCIÓN DE SENTENCIA QUE CONCEDIÓ EL AMPARO POR VIOLACIÓN AL DERECHO DE PETICIÓN. QUEDA SIN MATERIA AUNQUE LA AUTORIDAD RESPONSABLE NO HAYA NOTIFICADO LA CONTESTACIÓN, YA QUE EL QUEJOSO TENDRÁ CONOCIMIENTO DE SU CONTENIDO A TRAVÉS DE LA NOTIFICACIÓN DE LA EJECUTORIA.
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Extracto
Ejecutorias de 2ª Sala, 1 de Mayo de 1999 (caso Sentencia ejecutoria de Segunda Sala, Incidente de inejecucion 460/98)
INEJECUCIÓN DE SENTENCIA QUE CONCEDIÓ EL AMPARO POR VIOLACIÓN AL DERECHO DE PETICIÓN. QUEDA SIN MATERIA AUNQUE LA AUTORIDAD RESPONSABLE NO HAYA NOTIFICADO LA CONTESTACIÓN, YA QUE EL QUEJOSO TENDRÁ CONOCIMIENTO DE SU CONTENIDO A TRAVÉS DE LA NOTIFICACIÓN DE LA EJECUTORIA.
INCIDENTE DE INEJECUCIÓN 460/98. MARCO ANTONIO DOMÍNGUEZ GARCÍA.CONSIDERANDO:SEGUNDO.-Conforme a los argumentos que a continuación se vertirán, esta Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación concluye que existen los elementos suficientes para determinar que este incidente de inejecución carece de materia. Para sustentar esta conclusión conviene precisar los antecedentes que lo informan, a saber:a) Marco Antonio Domínguez García presentó demanda de amparo el veintidós de octubre de mil novecientos noventa y seis, de la que correspondió conocer al Juzgado Octavo de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal. En el ocurso respectivo señaló como autoridad responsable al contralor general del Departamento del Distrito Federal, atribuyéndole como conducta transgresora de su derecho fundamental garantizado en el...Ver el contenido completo de este documento
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