Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 1 de Julio de 2014 (Tesis num. 2a. LXVIII/2014 (10a.) de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 11-07-2014 (Tesis Aisladas))

Número de resolución2a. LXVIII/2014 (10a.)
Fecha de publicación01 Julio 2014
Fecha01 Julio 2014
Número de registro2006988
EmisorSegunda Sala
MateriaComún
Localizador10a. Época; 2a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 8, Julio de 2014, Tomo I; Pág. 405. 2a. LXVIII/2014 (10a.).

La modificación a los preceptos citados publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2012, regula las relaciones de trabajo por temporada, sujetas a capacitación inicial o a prueba, las cuales se adicionaron a las que ya preveía la ley. Ahora, cuando a través del juicio de amparo se reclama una norma general por su sola entrada en vigor, no basta que su naturaleza sea autoaplicativa sino que, además, se requiere que cause perjuicio, para lo cual es indispensable verificar si los quejosos se hallan en el supuesto hipotético de la disposición jurídica de que se trate, lo cual es materia de prueba, por lo que amerita el examen jurisdiccional de las que en su caso se aporten para tal extremo. Así, para identificar si los artículos 25, fracciones II y IV, y 35 de la Ley Federal del Trabajo vinculan al quejoso con su entrada en vigor, éste debe acreditar que se encuentra contratado por temporada, sujeto a capacitación inicial o a prueba.

Amparo en revisión 487/2013. Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Nuclear. 23 de abril de 2014. Cinco votos de los Ministros S.A.V.H., A.P.D., J.F.F.G.S., M.B.L.R. y L.M.A.M.. Ponente: L.M.A.M.. Secretaria: Ú.H.M..


Amparo en revisión 26/2014. Sindicato Independiente de Trabajadores de Servicios en Operaciones Logísticas. 23 de abril de 2014. Cinco votos de los Ministros S.A.V.H., A.P.D., J.F.F.G.S., M.B.L.R. y L.M.A.M.. Ponente: J.F.F.G.S.. Secretario: H.O.S..


Amparo en revisión 42/2014. M.A.H.A. y otros. 28 de mayo de 2014. Cinco votos de los Ministros S.A.V.H., A.P.D., J.F.F.G.S., M.B.L.R. y L.M.A.M.. Ponente: L.M.A.M.. Secretaria: Ú.H.M..


Amparo en revisión 93/2014. Sindicato de Trabajadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología. 11 de junio de 2014. Cinco votos de los Ministros S.A.V.H., A.P.D., J.F.F.G.S., M.B.L.R. y L.M.A.M.. Ponente: A.P.D.. Secretaria: L.M.G.G..

Esta tesis se publicó el viernes 11 de julio de 2014 a las 08:25 horas en el Semanario Judicial de la Federación.

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