Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 31 de Enero de 2015 (Tesis num. 1a. XXXI/2015 (10a.) de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 30-01-2015 (Tesis Aisladas))

Número de resolución1a. XXXI/2015 (10a.)
Fecha de publicación31 Enero 2015
Fecha31 Enero 2015
Número de registro2008318
Localizador [TA] ; 10a. Época; 1a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 14, Enero de 2015; Tomo I; Pág. 774. 1a. XXXI/2015 (10a.).
EmisorPrimera Sala
MateriaComún

Conforme a los principios establecidos en los artículos 14, párrafo segundo, 16, párrafo primero y 17, párrafo segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las disposiciones relativas al cumplimiento y ejecución de las sentencias de amparo que prevé la nueva legislación de la materia, tomando en cuenta su artículo 192, son aplicables a los juicios iniciados antes de su entrada en vigor, siempre y cuando la sentencia relativa haya causado estado con posterioridad a ello, esto es, a partir del 3 de abril de 2013. Ahora bien, el auto que desecha el recurso de revisión interpuesto contra una sentencia dictada en el juicio de amparo directo, no constituye la determinación por la que causa ejecutoria la resolución de amparo, pues el quejoso puede inconformarse con aquél a través del diverso de reclamación que, de resultar fundado, ocasionaría el inicio del trámite del recurso de revisión planteado. De ahí que hasta que se resuelve el recurso de reclamación puede considerarse que la ejecutoria de amparo causó estado y es posible proveer sobre su cumplimiento y ejecución.

Inconformidad 16/2014. 28 de mayo de 2014. Cinco votos de los M.A.Z.L. de L., J.R.C.D., A.G.O.M., O.S.C. de G.V. y J.M.P.R.. Ponente: A.Z.L. de L.. Secretario: S.A.P.L..


Nota: El asunto del cual deriva la presente tesis fue tramitado como inconformidad 16/2014, sin embargo, fue resuelto como recurso de inconformidad 16/2014, toda vez que se trata del recurso previsto por el artículo 201 de la Ley de Amparo, vigente a partir del 3 de abril de 2013.

Esta tesis se publicó el viernes 30 de enero de 2015 a las 09:20 horas en el Semanario Judicial de la Federación.
7 sentencias

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