Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 15 de Julio de 2016 (Tesis num. 1a. CC/2016 (10a.) de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 15-07-2016 (Tesis Aisladas))

Número de registro2012112
Número de resolución1a. CC/2016 (10a.)
Fecha de publicación15 Julio 2016
Fecha15 Julio 2016
EmisorPrimera Sala
MateriaConstitucional,Derecho Constitucional
Localizador10a. Época; 1a. Sala; Semanario Judicial de la Federación; 1a. CC/2016 (10a.)

En atención a lo previsto en los artículos 51 de la Ley General de Salud y 48 del Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Prestación de Servicios de Atención Médica, esta Primera Sala considera que el profesionista médico tiene una obligación de aportar al paciente todos los elementos necesarios para que éste tome una decisión libre e informada sobre su tratamiento o ausencia del mismo, lo cual tiene sustento directo en el respeto y protección de los derechos a la integridad corporal, salud, conciencia, intimidad y vida de todo paciente; es decir, toda vez que estos derechos no pueden ser afectados o incididos más que por voluntad expresa de una persona, en el ordenamiento jurídico se reconoce el deber de informar, que radica en un derecho de todo usuario de la atención médica y una obligación del respectivo profesionista médico-sanitario de otorgar los elementos informativos necesarios a fin de que tales usuarios tomen una determinación adecuada a sus intereses en relación con su propio cuerpo.

Amparo directo 51/2013. A.F.P. (su sucesión). 2 de diciembre de 2015. Unanimidad de cuatro votos de los Ministros: A.Z.L. de L., quien formuló voto concurrente, J.R.C.D., quien reservó su derecho para formular voto concurrente, J.M.P.R. y A.G.O.M.. Ponente: A.G.O.M.. Secretario: M.A.N.V..

Esta tesis se publicó el viernes 15 de julio de 2016 a las 10:15 horas en el Semanario Judicial de la Federación.

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