Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 9 de Septiembre de 2016 (Tesis num. 2a. XCVI/2016 (10a.) de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 09-09-2016 (Tesis Aisladas))

Número de resolución2a. XCVI/2016 (10a.)
Fecha de publicación09 Septiembre 2016
Fecha09 Septiembre 2016
Número de registro2012522
EmisorSegunda Sala
MateriaConstitucional,Derecho Constitucional
Localizador10a. Época; 2a. Sala; Semanario Judicial de la Federación; 2a. XCVI/2016 (10a.)

Las niñas, niños y adolescentes constituyen un grupo especialmente vulnerable ante la falta de una alimentación adecuada, al requerir de los elementos nutricionales esenciales para lograr un correcto desarrollo físico y mental. No obstante, ello no implica que el Estado esté obligado a proveer alimentación gratuita a todos los menores de edad, sino que debe promover y, si es posible, establecer las condiciones necesarias para que puedan tener acceso a una alimentación adecuada. En ese sentido, son los padres de los menores, o bien, sus tutores, los responsables principales de proporcionarles -dentro de sus posibilidades y medios económicos-, las condiciones de vida necesarias para su desarrollo, entre los que debe considerarse el derecho a una alimentación adecuada. De esa forma, corresponde únicamente al Estado fijar las condiciones necesarias, a fin de que las personas responsables cumplan con sus obligaciones alimentarias, esenciales para asegurar que los menores tengan un completo y correcto desarrollo físico y mental.

Amparo en revisión 1219/2015. 18 de mayo de 2016. Cinco votos de los Ministros E.M.M.I., J.L.P., J.F.F.G.S., M.B.L.R. y A.P.D.; se apartó de algunas consideraciones M.B.L.R. y reservó criterio en relación con este tema A.P.D.. Ponente: E.M.M.I.S.: M.T.M.C..

Esta tesis se publicó el viernes 09 de septiembre de 2016 a las 10:18 horas en el Semanario Judicial de la Federación.

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