Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis Aisladas))

Número de registro233395
MateriaConstitucional,Derecho Constitucional,Derecho Procesal
EmisorPleno

La Ley número 42, de 15 de diciembre de 1967, del Municipio del Cajeme, S., y que en sus artículos 3o. y 9o. incluye los ingresos provenientes del ejercicio de las profesiones liberales, no grava individualmente a personas determinadas, sino que dicha ley tiene las características de ser abstracta e impersonal, respetándose con ello la garantía que consagra el artículo 13 constitucional, o sea que se aplica por igual a todos los causantes que se encuentran en los supuestos de la norma en igualdad de circunstancias, no desapareciendo tampoco su vigencia después de su aplicación, como sucede en las leyes privativas, características que ha señalado esta Suprema Corte de Justicia, a través de la tesis que con el número 17 aparece publicada en la página 58 del volumen de jurisprudencia correspondiente al Pleno, publicado por el Semanario Judicial de la Federación, y que abarca del año de 1917 a 1965.

Amparo en revisión 875/69. L.M.R.. 5 de septiembre de 1972. Unanimidad de diecinueve votos. Ponente: E.G.L..


Nota: En el Informe de 1972, la tesis aparece bajo el rubro "INGRESOS. LOS ARTICULOS 3o. Y 9o. DE LA LEY NUMERO 42 QUE APRUEBA EL PRESUPUESTO DEL MUNICIPIO DE CAJEME, SONORA, NO VIOLAN EL ARTICULO 13 CONSTITUCIONAL.".

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR