Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis Aisladas))

Número de registro812910
MateriaAdministrativa
EmisorPleno

Las resoluciones que emite el Ejecutivo Federal en los conflictos por límites de bienes comunales, deciden éstos, y tal decisión constituye el presupuesto indispensable para la procedencia del juicio establecido por el capítulo III del título quinto del Código Agrario. Consiguientemente, no corresponde dilucidar a esta Suprema Corte, de acuerdo con los artículos 27, fracción VII, constitucional y 323 del Código Agrario, cuestión legal alguna relacionada con procedimientos de reconocimiento y titulación de los derechos sobre bienes comunales, cuando no hay conflictos de linderos, y cualquier acción ejercida por un poblado para obtener la modificación de las resoluciones dictadas en esos procedimientos, debe ser declarada improcedente.

Juicio de inconformidad 14/47. Poblado de S.M.J., México. 18 de abril de 1961. Unanimidad de diecisiete votos de los señores M.F.C., J.J.G.B., F.T.R., M.R.S., A.M.A., O.M.G., G.G.R., A.R.V., J.C.E., G.V., A.P., M.A., J.L.L., M.R.V., R.M.E., A.C. y A.G.N.. Ponente: R.M.E..

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