Tesis de Pleno (caso Tesis Jurisprudencial de Pleno n° 2468 tesis aislada)

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REPARACIÓN DEL DAÑO EXIGIBLE A TERCEROS. EL ARTÍCULO 349 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS EN MATERIA DE DEFENSA SOCIAL DEL ESTADO DE PUEBLA, NO VIOLA EL ARTÍCULO 17 DE LA CONSTITUCIÓN GENERAL DE LA REPÚBLICA.-

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Tesis de Pleno (caso Tesis Jurisprudencial de Pleno n° 2468 tesis aislada)

REPARACIÓN DEL DAÑO EXIGIBLE A TERCEROS. EL ARTÍCULO 349 DEL CÓDIGO DE PRO...

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