Resumen
REVISIÓN. ES PROCEDENTE DICHO RECURSO CONTRA LOS ACUERDOS DICTADOS EN LA AUDIENCIA INCIDENTAL EN LA QUE SE DECIDE SOBRE LA SUSPENSIÓN DEFINITIVA.
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Extracto
Votos de Pleno, 1 de Junio de 2001 (caso Voto Particular de Pleno, Contradicción de tesis 55/98-pl, del 01 de Junio de 2001)
Voto minoritario de los Ministros Humberto Román Palacios, Mariano Azuela Güitrón y Guillermo I. Ortiz Mayagoitia.
Contrariamente a lo sustentado por la mayoría, en el presente voto se estima que en contra de los acuerdos dictados por el Juez de Distrito en la audiencia del incidente de suspensión del acto reclamado, procede el recurso de queja y no el de revisión.En efecto, en las disposiciones de la Ley de Amparo y en lo que se refiere a los recursos que se encuentran contemplados en la s...Ver el contenido completo de este documento
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